Además, el Gobierno Central de Madrid aprobó a finales del 2012 una ley para la lucha contra el fraude fiscal que tiene importancia para la vida cotidiana y que también comentaremos aquí.
Primero explicaremos brevemente los cambios en la legislación tributaria que son de mayor interés para los compradores y propietarios de bienes inmuebles.
El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales que grava las viviendas y que ha sido incrementado en el 2012 aumenta de nuevo. El tipo mínimo sube del 7 al 8% y, dependiendo del precio de la compraventa, puede llegar hasta el 10%. Quien compre una vivienda de segunda mano por un precio de 400.000 € tendrá que pagar un impuesto del 8%. Si el precio de la compraventa es mayor, se aplicará un 9% para un valor de hasta 600.000 € y, si sobrepasa esta cantidad, un 10%. Es decir, la compra de una casa por un precio de 800.000 € supondrá para el comprador un pago en concepto de impuestos sobre transmisiones patrimoniales de un total de 70.000 € (8,75%).

Aparte de las subidas de impuestos relacionados con la compra de bienes inmuebles, se establece también el impuesto sobre los patrimonios a partir de 700.000 €.
De la ley de lucha contra el fraude fiscal arriba mencionada cabe resaltar dos medidas de especial relevancia: Una es la obligación de informar sobre el patrimonio situado en el extranjero, otra, la limitación de los pagos en efectivo.
Las personas físicas y jurídicas con residencia fiscal en España están obligadas a declarar a Hacienda los bienes patrimoniales que se encuentran en el extranjero en un plazo que expira el 31 de marzo de 2013. Quien no cumpla con esta obligación se expone a ser sancionado con multas considerables.
Resumiendo, quien está obligado a tributar en España y posee inmuebles o cuentas bancarias en el extranjero debe declararlos a Hacienda. Por lo tanto, quien tiene dudas respecto a dicha obligación de declarar debería buscar asesoramiento cuanto antes para evitar tener que pagar una multa.
La otra medida que tiene gran repercusión en la vida cotidiana es la limitación de los pagos en efectivo. Como regla general, pagos en efectivo sólo están permitidos hasta un importe máximo de 2.500 €. Pagos que sobrepasan esta cantidad tienen que realizarse mediante tarjeta de crédito o transferencia bancaria. Una excepción son las personas físicas que no tienen su residencia fiscal en España, los llamados no residentes, quienes pueden realizar pagos en efectivo hasta 15.000 €.
En caso de incumplimiento de dicho límite de los pagos en efectivo, tanto el pagador como el beneficiario se enfrentarán a multas sustanciosas que ascienden al 25% del valor del pago hecho en efectivo. De manera que, si por ejemplo un residente quiere comprar materiales de construcción por un valor de más de 4.000 € y lo paga en efectivo, se enfrenta a una multa de 1.000 €. •
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