Privacy Policy

Este sitio web utiliza Cookies propias y de terceros de análisis para recopilar información con la finalidad de mejorar nuestros servicios, así como para el análisis de su navegación. Si continua navegando, supone la aceptación de la instalación de las mismas. El usuario tiene la posibilidad de configurar su navegador pudiendo, si así lo desea, impedir que sean instaladas en su disco duro, aunque deberá tener en cuenta que dicha acción podrá ocasionar dificultades de navegación de la página web.

Aceptar Aceptar lo esencial Customize Rechazar Política de cookies

Nuevas normas para los alquileres vacacionales en Ibiza

Por Armin Gutschick & Anja Sämann-Gutschick

Legal e Inmobiliaria

Hogar, Jardín y Decoración

Temas Globales

En Ibiza

Salud y bienestar

Ibiza Optimista

Publicado en Ibicasa Magazine el 15/04/2025 Sharing Link

En los últimos años los alquileres vacacionales en Ibiza experimentaron un verdadero boom. El aumento de la demanda se debe a que cada vez más turistas prefieren alquilar una casa en vez de pasar las vacaciones en un hotel. Por otro lado, también han aumentado las casas disponibles ya que muchos propietarios quieren alquilar sus casas para cubrir con los ingresos los gastos de mantenimiento de las mismas.
Con la Ley Balear del Turismo (Ley 8/2012) se implementaron por primera vez normas estrictas para los alquileres turísticos. Todo aquel que quería solicitar un nuevo permiso de alquiler vacacional tenía que realizar muchos trámites burocráticos y además pagar una tasa por cada cama ofrecida. Para los propietarios de viviendas que entre 2012 y 2022 obtuvieron una licencia de alquiler vacacional esto suponía un aumento de valor del inmueble a la hora de venderlo, ya que la licencia puede ser transferida al comprador. En febrero de 2022 se suspendió por cuatro años la concesión de nuevos permisos de alquiler vacacional. Se quería comprobar hasta el año 2026 cuántas plazas turísticas se podrían ofrecer sin que la isla quedase saturada. De todos modos, las licencias que habían sido concedidas por el Consell Insular hasta entonces seguían y siguen siendo válidas.

Desde el inicio de este año hay nuevas normas a las que tendrán que adaptarse los propietarios de inmuebles con licencia de alquiler vacacional. El 2 de enero de 2025 entró en vigor el Registro Único de Alojamientos y Viviendas Turísticas en España. La inscripción en dicho registro será obligatoria para todos los propietarios de viviendas vacacionales a partir del 1 de julio de 2025. Con ello, España se convierte en el primer país de la UE en aplicar el Reglamento europeo que obliga a los estados miembros a crear un sistema de control para alquileres de corta duración. Según este nuevo Reglamento los arrendadores deberán solicitar online al Registro de la Propiedad Central (www.registradores.org) un número de registro para el inmueble que quieran arrendar e inscribir este número en el Registro de la Propiedad correspondiente de Ibiza.
Además, deberán comunicar el número de registro a todas las plataformas de alquiler vacacional en las que anuncien sus casas. El Reglamento es de aplicación para alquileres turísticos y de temporada así como alquileres de habitaciones para alojamientos de corta duración siempre y cuando se ofrezcan online a través de plataformas. Además, el 2 de diciembre de 2024 entró en vigor un decreto ley del año 2021 según el cual en España todos los arrendadores de viviendas turísticas deberán llevar un registro de sus huéspedes, independientemente de su edad. Por lo tanto, tendrán que registrar tanto adultos como menores (información en https://seshospedajes.es/registro/).

En definitiva, todo titular de una licencia de alquiler turístico en Ibiza debería conocer y cumplir los siguientes requisitos: como primer paso, se tendrá que registrar en “Ses Hospedajes“ (https://seshospedajes.es/registro/). Luego deberá inscribir a todos sus huéspedes en este sitio Web, indicando sus datos personales, entre otros, el documento de identidad y la dirección de su residencia. Además, deberá registrar su inmueble antes del 1 de julio de 2025 en www.registradores.org e inscribirlo en el Registro de la Propiedad que le corresponda. La solicitud debe llevar la firma digital del propietario y podrá ser presentado online o personándose en el Registro de la Propiedad competente. Asimismo, cada propietario debería pagar anualmente el impuesto sobre estancias turísticas a la Agencia Tributaria de las Islas Baleares (atib.es) aun cuando no haya alquilado su inmueble, pues esa es la única manera de impedir que el Consell anule la licencia de alquiler.

Cuando se compra una vivienda con una licencia de alquiler vacacional vigente, habrá que tener en cuenta varios aspectos más. Aparte de confirmar la seguridad jurídica antes de comprar el inmueble es aconsejable comprobar si existen sanciones por incumplimiento de la normativa de vivienda o si la licencia hubiese sido revocada por las autoridades.

Web: www.ibiza-legal.com
Email: info@ibiza-legal.com

Artículos relacionados

¿Como funciona lo de la residencia?

Es fácil sentir confusión ante los diferentes requisitos que han de cumplir los extranjeros que viven en España. Los principales son el NIE o número de identificación de extranjero, la residencia legal y la residencia fiscal, que son totalmente diferentes, como veremos a continuación:  LEER MÁS

¿Cuáles son los gastos de hipoteca que...

Actualmente, la prensa habla mucho de los últimos fallos judiciales según los cuales los bancos tendrían que devolver a sus clientes por lo menos una parte de los gastos adicionales de constitución de hipoteca. Hasta hace poco, las condiciones generales de los préstamos hipotecarios solían conten... LEER MÁS

¿Tengo que matricular en España mi coch...

Si adquiere una vivienda en Ibiza y necesita un vehículo, deberá considerar matricularlo en España, especialmente si reside más de 183 días al año en la isla. Los vehículos con matrícula extranjera solo pueden circular temporalmente en la UE, y los residentes fiscales deben cumplir con la normati... LEER MÁS

¿Contrato de arrendamiento de temporada...

En Ibiza, el alquiler turístico generalmente está prohibido, pero algunos arrendadores intentan eludir esto formalizando contratos de arrendamiento de temporada con una duración superior a un mes. Sin embargo, existen diferencias entre los contratos de arrendamiento de temporada y los de alquiler... LEER MÁS

Ibicasa logo

© Todos los derechos reservados 2025

Portal Inmobiliario de Ibiza y Formentera